Resolución de 11/03/2015, de la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional,
por la que se concreta la categorización, la ponderación y la asociación con las competencias clave, por áreas
de conocimiento y cursos, de los estándares de aprendizaje evaluables, publicados en el Decreto 54/2014, de 10
de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha (DOCM de 20 de marzo)
El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado mediante la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, establece,
en su artículo 37, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia del desarrollo legislativo y la ejecución
de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 27 de la Constitución y en las leyes orgánicas que lo desarrollan.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para
la Mejora de la Calidad Educativa, establece en su artículo 6, los elementos del currículo.
El Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, establece el currículo básico de la Educación Primaria.
El Decreto 54/2014, de 10 de julio, establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha.
El artículo 4.3 de este decreto autoriza a los centros docentes para desarrollar y completar el currículo
de Educación Primaria a través de las programaciones didácticas, adecuándolo a su realidad educativa y a las
características del alumnado que escolarizan.
La Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, regula la organización y la evaluación en
la Educación Primaria, estableciendo en su artículo 8 los elementos fundamentales que deben contener las programaciones
didácticas de cada área.
Las Instrucciones de 03/12/2014, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, sobre elaboración
de programaciones didácticas de Educación Primaria, tienen el objeto de regular y orientar sobre el contenido de las
programaciones didácticas, los plazos para su elaboración y la aplicación de la evaluación según los elementos curriculares
introducidos por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, y se anuncia la publicación de la categorización de los
estándares de aprendizaje evaluables así como su asociación con las competencias clave.
En su virtud, de acuerdo con la disposición final primera de la Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación,
Cultura y Deportes, por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, resuelvo:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente resolución tiene por objeto concretar la categorización de los distintos estándares de aprendizaje evaluables
por áreas de conocimiento y cursos, así como establecer su asociación con las competencias clave en la Educación
Primaria.
La presente resolución será de aplicación en todos los centros autorizados para impartir las enseñanzas de Educación
Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo. Categorización de los estándares de aprendizaje evaluables.
Los estándares de aprendizaje evaluables se han estructurado en tres categorías: básicos, intermedios y avanzados,
bajo los criterios de complejidad y significatividad de los mismos en el marco general del currículo, con la finalidad de
orientar el contenido de las programaciones didácticas y la evaluación de los aprendizajes de los alumnos.
El anexo de la presente resolución recoge la estructuración en estas tres categorías de los estándares de aprendizaje
evaluables correspondientes a las diferentes áreas y cursos, según aparecen publicados en el mencionado Decreto
54/2014, de 10 de julio.
Los estándares categorizados como básicos son considerados imprescindibles para garantizar un adecuado progreso
del alumnado en la etapa y, por tanto, gozarán de una mayor consideración en las programaciones didácticas,
sin perjuicio de la unicidad e integridad del currículo, que supone la obligatoriedad de incluir en las programaciones
didácticas y trabajar con el alumnado la totalidad de los estándares de aprendizaje evaluables y, por tanto, de los
criterios de evaluación y contenidos establecidos en el mencionado Decreto 54/2014, de 10 de julio.
Los centros docentes, en el marco de su autonomía, podrán modificar la categorización de los estándares intermedios
y avanzados, para adecuarlos en mayor medida a sus propias características y a las del alumnado que
escolarizan.
En todo caso, la ponderación de los estándares señalados como básicos supondrá, al menos, el cincuenta por ciento
de la calificación máxima establecida para cada área y curso de la Educación Primaria. Así mismo, los estándares
señalados como avanzados no podrán exceder del diez por ciento de la calificación máxima establecida.
Tercero. Asociación de los estándares de aprendizaje evaluables y las competencias clave.
Con el objeto de facilitar la evaluación del grado de adquisición de las competencias clave, se ha establecido la asociación
de cada estándar con la competencia clave con la que guarda una relación más directa, tal como se refleja
en el anexo de la presente resolución.
Esta asociación tendrá carácter orientativo para los centros docentes y, en el ámbito de su autonomía, podrá ser
modificada o complementada por los mismos, vinculando los estándares a una o varias competencias clave.
Cuarto. Publicación en el Portal de Educación e información a la comunidad educativa.
Se ordena la publicación de la presente resolución y el anexo que la acompaña en el Portal de Educación de
Castilla-La Mancha.
Los Coordinadores de los Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes de la Consejería de Educación,
Cultura y Deportes darán traslado de la misma a los centros docentes.
Las direcciones de los centros educativos transmitirán la información sobre el contenido de esta resolución a los
distintos sectores de la comunidad educativa.
Toledo, 11 de marzo de 2015