martes, 21 de diciembre de 2021

TEMA 25 OPOSICIONES INSPECCIÓN CLM DIRECCIÓN PARTE CUARTA

25.5.- COMPETENCIAS DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA

 

Entre los principios sobre los que se asienta la reforma promovida por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, se encuentran el aumento de la autonomía de los centros y el refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los mismos. 

 

La autonomía de los centros docentes y el liderazgo de sus directores y directoras son factores clave para la transformación del sistema educativo de cara a las nuevas demandas de aprendizaje del siglo XXI. En la exposición de motivos de la Ley Orgánica 3/2020, de2 9 de diciembre, se señala que el aumento de la autonomía de los centros es una recomendación reiterada de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para mejorar los resultados, necesariamente unida a la exigencia de una mayor transparencia en la rendición de cuentas. 

 

Es fundamental que cada centro tenga la capacidad de identificar cuáles son sus fortalezas y las necesidades de su entorno, para así poder tomar decisiones sobre cómo mejorar su oferta educativa y sus resultados. Como consecuencia del refuerzo de la autonomía de los centros, se hace necesario también potenciar la capacidad de gestión de la dirección, para permitirle liderar los cambios propuestos. 

 

La ley orgánica otorga a los directores y directoras de los centros docentes públicos, como representantes que son de la Administración educativa en el centro y como responsables del proyecto educativo, la oportunidad de ejercer un mayor liderazgo pedagógico y de gestión. Por otro lado, se potencia la función directiva a través de un sistema de certificación previa de competencias para acceder al puesto. 

 

El objetivo de la formación previa considerada como mérito e incluso requisito para algunas Administraciones, es dotar al futuro director o directora de las capacidades necesarias para desempeñar su puesto con eficiencia y eficacia. No obstante, el director o directora no trabaja de forma aislada, sino que forma parte de un equipo directivo, que según establece el artículo 131 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director o directora y las funciones específicas legalmente establecidas. 

 

Además, conseguir mejorar la calidad de los centros docentes y como consecuencia sus resultados requiere de la implicación de toda la comunidad educativa, y en especial de las familias. El liderazgo educativo exige una serie de competencias específicas: compromiso profesional, habilidad de motivar, capacidad de innovar e incentivar la gestión pedagógica y tener habilidades de comunicación. 

 

Los buenos líderes educativos desarrollan una visión estratégica de sus instituciones, actúan como modelos a imitar para el alumnado, el profesorado y el personal no docente, y son la clave para crear un entorno eficaz y atractivo propicio para el aprendizaje y un clima de trabajo adecuado. 

 

Para lograr un liderazgo educativo eficaz es necesario centrar los esfuerzos en mejorar la calidad de la enseñanza y el aprendizaje, profesionalizar, fortalecer y apoyar el papel de los líderes educativos, definir claramente los roles, adoptar un enfoque colaborativo, reconocer las fortalezas y competencias de los equipos, disponer de autonomía suficiente para asignar recursos y explorar métodos de enseñanza innovadores y asumir las responsabilidades y compromisos que comporta el liderazgo.

 

 

25.6.- MODELOS EUROPEOS DE GESTIÓN Y DIRECCIÓN DE CENTROS

 

Modelos variados (sistemas educativos, descentralización, participación, centros, número alumnos)

Variables sistemas dirección

  • Acceso al cargo

  • Formación y perfeccionamiento

  • Estructuración función directiva

 

Luxemburgo sólo Director nivel Secundaria

Dinamarca, Finlandia y Suecia poderes locales referencia para Director

Países Bajos Director responde ante autoridad municipal

Irlanda Director bajo autoridad Board of Management centro

Inglaterra y Gales Director responde ante school governement bodies (forma parte LEA)

Bélgica tres redes: Ministerio, municipio, concertados

Todos países europeos exigen experiencia previa 5 - 10 años (Bélgica, Escocia)

Francia exige formación inicial específica

Austria, Inglaterra, Gales, España cursos para directores recién nombrados

Formación continua obligatoria tendencia, aunque no generalizada (Finlandia sí)

Procedimientos selección

  • Anuncio público puesto específico

    • Alemania evaluación aptitudes Lander, seleccionan autoridades locales

    • Países nórdicos selección autoridades locales

    • Holanda selección school government body

    • Reino Unido selección Board of Governors

    • España y Portugal selección Comisión, en Portugal a candidatos preseleccionados por Consehlo de Escola

  • Sin mención inicial puesto específico

    • Francia e Italia oposición ministerial

    • Grecia Consejo Regional Educación elabora expediente aptitudes

    • Luxemburgo selección Consejo de Gobierno centro según indicaciones Ministerio

 Funciones

 

  • Administrativas

    • Alemania, Austria. Italia decisiones órdenes ministeriales y consejos escolares

    • Holanda y Reino Unido autoridades locales y Consejos Escolares decisiones dotación recursos y gestión proyectos

    • Finlandia depende municipios

    • Dinamarca, dirección gestiona asesorada por el Scholebestryelse

    • Suecia plan trabajo rendimiento centro

    • Portugal lleva a cabo decisiones Consehlo de Escola

  • Económicas (reducidas)

    • Bélgica, Dinamarca, Portugal y Suecia elaboran presupuesto provisional que elevan a órgano gobierno centro

    • Francia e Italia Consejo Administración centro decide presupuesto que elevan a autoridades, que gestiona director

    • Inglaterra, Gales e Irlanda director rinde cuentas ante school government body

  • Pedagógicas

    • Alemania, Austria y Suecia supervisa coordinación profesorado

    • Dinamarca responsabilidad elección materias optativas

    • Bélgica e Irlanda deciden material didáctico

    • Inglaterra y Gales definen materias optativas y deciden materiales y metodología, previa consulta al profesorado

    • Bélgica (comunidad flamenca), Francia, Austria, Suecia y Escocia director responsable de evaluación aprendizajes y progreso alumnado

    • Bélgica, Alemania, Irlanda, Italia y Escocia responsable medidas disciplinarias; en Portugal comparte responsabilidad con Conselho de Escola

    • Bélgica, Alemania, Luxemburgo, Austria, Inglaterra y Gales director evalúa a profesores y visita aulas

    • Bélgica, Irlanda, Austria, Suecia y Reino Unido director responsable formación permanente profesorado y ofrtece apoyo pedagógico.

    • Islandia director máxima autoridad centro, deciden planes educativos y supervisan al profesorado.

  • Relaciones con el exterior (especialmente recogido en la legislación sueca e italiana)

  • Docencia

    • Irlanda, Países Bajos, Austria, Grecia, Finlandia, Suecia y Reino Unido depende del tamaño centro

    • Irlanda en Primaria nunca exentos de tareas docentes; y en Alemania tampoco exentos en Secundaria

    • No funciones docentes en Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y Portugal

  • Rendición cuentas

    • Evaluación periódica Grecia, Francia, Irlanda, Italia, Países Bajos, Austria, Portugal, Suecia y Reino Unido

    • Evaluación decisiva para promoción o renovación Dinamarca, Alemania y Finlandia

    • No evaluación en Bélgica, Luxemburgo, Islandia, Noruega y Liechstentein

 

Modelo norte europeo

 

Reforma luterana s. XVI, comunidad vigila y asume decisiones estratégicas

Financiación estatal, gran autonomía didáctica centros en función demandas contexto

Estado garantiza igualdad oportunidades y niveles mínimos conocimientos

Inglaterra, Irlanda, Bélgica (francófona), Escandinavia, Holanda, Europa septentrional

Inglaterra

  • Estado cede fondos a LEA, que contrata director y profesorado

    • Currículo decisión school govermment body (presencia padres) respetando decisión 70% impuesta por LEA que tienen en cuenta objetivos nacionales

    • Director (Headteacher) gran protagonismo

      • Decide contenidos y organización metodológica

      • Gestión recursos, rinde cuentas y organización horarios

      • Propone a school government body y LEAs gestión contratación personal

      • Poder disciplinario

    • Selección previa publicación en prensa local anuncio con características plaza y retribución

      • Envío curriculum y citación de entrevistas a los más idóneos

      • Período prueba

      • Director propone contratación equipo directivo

    • Desde 1988 existe National Colleges for School Leaders cursos mérito dirección centros secundaria

 

Modelo jerárquico

 

Origen Contrarreforma y corrección monarquías S. XVIII

Sustitución autoridad Iglesia por poder laico

Igualdad derechos todos ciudadanos

Ministerio de Educación centralizado decide programas y se imponen a escuelas

Ciudadanos no deciden

Personal docente y administrativo contratado por concurso público

Francia, Italia, Austria, Alemania, Suiza, Bélgica y Luxemburgo

Actualmente modificaciones

  • Cierta libertad pedagógica profesorado y autonomía organizativa

  • Selección dirección centros por autoridad central 

    • Garantiza cumplimiento leyes y representa a centro en otras instancias

    • Organiza horarios

    • Gestiona recursos de acuerdo a directrices autoridad y consejos electivos

  • Director período de prueba uno o dos años, luego vitalicio

  • Evaluación periódica, que sólo afecta a aspectos formales sin consecuencias para relación laboral, con influencia en retribución

  • DIRECTOR ALEMANIA

    • Centros

      • Primaria 6 - 10 Rektor (Grundschuler, Sonderschuler)

      • Secundaria 11 - 15 Rektor (Haupschuler, Realschule, Secundarschule)

      • Secundaria superior Gymnasyum (Studienrektor)

    • Salario depende de tamaño y número alumnos

    • Requisito experiencia, evaluaciones positivas docencia

    • Asigna carga horaria a docentes y distribución docencia

    • Gestiona sustituciones

    • Participa en evaluación profesorado (observación docencia)

    • Da instrucciones de obligado cumplimiento al resto docentes

    • Puede nombrar Director adjunto

  • DIRECTOR FRANCIA

    • Ministerio decide currículo y contrata personal

    • En Primaria requisito 3 años experiencia y curso formación obligatorio previo

      • Garantiza normas y funcionamiento centro

    • En Secundaria dos directores: principal y provieseur con experiencia docente mínima de 5 años y formación obligatoria antes y después selección

      • Principal Preside Conseill d'administracion

      • Principal Elabora proyecto centro

      • Competencias disciplinarias

      • Supervisan funcionamiento centro de acuerdo a plan establecido e impartición currículo fijado desde Administración

      • Responsables formación permanente profesorado

      • Responsabilidad distribución de alumnos y espacios

  • DIRECTOR SUECIA

    • Municipios responsabilidad contratación personal

    • En Secundaria pueden proceder de la docencia o de la empresa privada

      • La ley de Educación exige formación pedagógica previa profesorado

        • Para dirección no señala nada

    • Elabora, sigue y evalúa planes de trabajo

    • Responsabilidad organización trabajo y coordinación materias

    • En Secundaria orientan alumnos y elaboran presupuesto, facilitan materiales

  • DIRECTOR REINO UNIDO (Inglaterra, Gales, Irlanda del Norte)

    • Responsabilidad compartida Ministerio, LEA y school governent body

    • Se requiere cualificación previa y en la mayoría casos han sido directores adjuntos

    • En Irlanda se requiere formación administrativa y experiencia docente

    • Responsables gestión personal y recursos centro

    • Organiza personal docente y no docente

    • Elabora informes y responsable seguridad e higiene en centro

    • Adaptan currículo al centro, fijan horario escolar y deciden metodología

Variante mediterránea

  • Selección mediante proyecto que ha de defender ante Comisión con presencia Administración educativa y comunidad educativa

    • Nombramiento temporal 3 ó 4 años renovables

Variante Este Europa

  • Importancia función burocrática

  • Selección por concurso público

  • Autoridad central decide contenidos y escuela aplica

  • Cambios políticas ha generado importantes bandazos

    • Modelos fuertemente centralizados

    • Participación poderes locales y en menor grado comunidad educativa

    • Modelos liberales donde director nombrado por entidad financiera escuela

 

 

Estudio comparativo (Euridyce)

  • Selección director

    • Autoridad local (Irlanda), autoridad nacional (República Checa), mixta Autoridad y centro (Francia)

    • Comisión Selección (España), selección externa (Suecia), entrevista (Reino Unido)

    • Propio centro (Alemania), Ayuntamiento (Suecia), Administración estatal (Francia)

  • Requisitos de acceso

    • 5 años experiencia docente

    • Formación previa y/o posterior

    • Algunos países han de defender un proyecto de dirección

  • Formación posterior

    • Todos países, salvo Reino Unido

    • Francia 3 semanas antes inicio curso y dos semanas durante curso

    • Suecia 30 días al curso en Universidades

    • Gestión, organización, administración y supervisión centros educativos

  • Condiciones laborales

    • Incremento salarial

    • Reducción horas lectivas

  • Competencias

    • Liderazgo

    • Actuación administrativa planificación y gestión (horarios, presupuesto, agrupamientos)

    • Compromiso con comunidad educativa

  • Evaluación director (mayores diferencias)

    • Evaluación únicamente a Director (Dinamarca y España)

    • Seguimiento institución educativa (Irlanda, República Checa, Suecia)

    • Cada año (Reino Unido, puede ser motivo despido), dos años (Dinamarca, sirve para obtener empleo definitivo), cuatro años (España)

  • Conclusiones

    • Variabilidad modelos dependiendo sistema educativo, y política educativa y general

    • Presupuestos escasos en un marco de contención del gasto público

    • Conflictividad social requiere respuestas integrales centro e innovación

    • Inmigración conlleva gestión convivencia e interculturalidad

    • Irrupción nuevas tecnologías varía comunicación con comunidad educativa

    • Cambios legislativos resistencia al cambio

    • Importancia formación específica en gestión recursos humanos, económicos y dinamización proyectos de innovación y calidad

      • Trabajo en equipo, colaboración con el entorno, evaluación continua

    • Reducción carga docente esencial para dedicación a tareas directivas

    • Positivo evaluar función directiva

    • Potenciación autonomía pedagógica, organizativa y de gestión

    • Necesidad de un mayor reconocimiento por parte de las autoridades educativas

 

 

25.7.- CONCLUSIONES

 

Dirección centros fundamental para logro funcionamiento equipo cohesionado

Cambio dirección de centros de ser burócrata a líder pedagógico dinamizador

Equipo directivo trabajo en equipo y coordinación

Esencial planificación, dinamización, asesoramiento, apoyo y evaluación docentes

Formación inicial y continua importante para desempeño tareas

Liderazgo requiere potenciar autonomía y participación, trabajo en equipo centro

Inspección valoración función directiva dentro funciones

  • También asesoramiento externo, y supervisión inicio y final curso

  • Supervisión PGA y Memoria

  • Esencial conocimiento características centro y estilo dirección

 

BIBLIOGRAFÍA

 

ÁLVAREZ, M. y SANTOS, M. (1996): Dirección de centros docentes: gestión de proyectos. Madrid: Escuela Española.

 

POBLETE RUIZ, M. (2009): El liderazgo de las organizaciones educativas. Deusto: ICE.

 

VALLE, J.M. y MARTÍNEZ, C. (2010): La dirección de centros escolares en Europa desde una perspectiva comparada. Madrid: Ediciones UAM.



TEMA 25 OPOSICIÓN INSPECCIÓN PARTE PRIMERA


TEMA 25 OPOSICIÓN INSPECCIÓN PARTE SEGUNDA


TEMA 25 OPOSICIÓN INSPECCIÓN PARTE TERCERA


TEMA 25 OPOSICIÓN INSPECCIÓN PARTE CUARTA

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