sábado, 25 de diciembre de 2021

TEMA 44 OPOSICIÓN INSPECCIÓN CLM SUPERVDOCENTE CUARTA PARTE

44.5.2.2.- La Entrevista

La entrevista ocupa un lugar preeminente en las tareas del inspector de educación, celebrándose muchas a lo largo del curso.

Esta técnica debe utilizarse en la función de supervisión, puesto que a través de ella se puede recoger información valiosa, sobre todo para apreciar las percepciones que tienen, tanto el docente como el directivo, sobre el desempeño de su labor.

Siguiendo a DE KETELE y ROEGIERS señalamos tres formas de entrevistas que presentamos esquemáticamente en la tabla siguiente:

  • Dirigidas discurso no continuo, siguiendo las preguntas preguntas preparadas información parcial y abreviada  duración breve inferencia débil

  • Semidirigidas discurso por partes más o menos establecidas, varias preguntas preparadas información buena y orientada al objetivo duración razonable inferencia moderada

  • Libres discurso continuo, sin preguntas preparadas, información buena aunque a veces no pertinente, duración imprevista, a veces gran inferencia

Entendemos que el tipo de entrevista más adecuado para la supervisión es la semidirigida o semiestructurada, ya que está preparada en buena parte, cuenta con la guía pertinente y permite abordar asuntos relevantes que no debe obviar el supervisor.

Cuando se realice la entrevista a la persona supervisada se debe tener en cuenta el contexto en que el profesional desarrolla su tarea, así como el tiempo que la lleva desempeñando, hecho que debe ser constatado antes por el supervisor.

Antes de iniciar la supervisión consideramos imprescindible realizar una entrevista inicial en la que se establezca un clima de confianza y colaboración, y que se utilice para presentar el plan de trabajo que se pretende seguir, así como una entrevista final en la que se comuniquen las apreciaciones pertinentes que inviten a la reflexión y, en su caso, orienten hacia el perfeccionamiento. En esta entrevista final se procurará poner de manifiesto la utilidad que la supervisión puede tener para el interesado, al tiempo que se valorará el propio proceso de supervisión.

Tanto en las entrevistas como en las reuniones el inspector de educación debe saber escuchar, sin imponer sus puntos de vista ni limitar la libre expresión del entrevistado o del participante en la reunión.

44.5.2.3.- Las reuniones

Las reuniones están encaminadas a recoger información de diferentes fuentes que puedan ser relevantes para la tarea de supervisión.

Para la celebración de las reuniones es necesario que el inspector de educación tenga conocimiento de las dinámicas de grupos. Estas reuniones se realizarán con personas que estén vinculadas a la labor de la persona que es objeto de la supervisión, bien sea docente o directivo.

Señalamos los diversos grupos con los que se podrían mantener reuniones, sin perjuicio de lo establecido por la ordenación expresa de la supervisión que emane de la autoridad administrativa y que, en su caso, haya establecido normas e incluso protocolos para la actuación y la recogida de datos.

  • Para supervisar la práctica docente se mantendrían reuniones con: el equipo directivo y el equipo docente o departamento didáctico.

  • Para supervisar la función directiva se harían reuniones con: los restantes miembros del equipo directivo, los órganos colegiados de gobierno y los órganos de coordinación  didáctica.

Como cada situación es específica, el supervisor podrá incorporar a las reuniones a personas que considere significativas para obtener información o, en su caso, celebrar una reunión específica con esas personas o citarlas para una entrevista individualizada.

Del mismo modo que se ha indicado para la entrevista, se entiende que las reuniones deben realizarse con forma semiestructurada, con una actitud abierta a considerar los asuntos que puedan emerger a lo largo de ella, sin perjuicio de que también se utilice una guía para abordar los asuntos de inevitable interés.

44.5.2.4.- Análisis documental

Es una técnica importante para conocer cómo se estructuran los procesos de planificación y cómo se registran los desarrollos.

Para realizar el análisis de documentos en los Servicios de Inspección suelen elaborarse unos protocolos que recogen los aspectos más significativos de los documentos. En todo caso, se estima oportuno que el inspector supervisor cuente con una guía previa que facilite sistematizar la recogida de información, sin perjuicio de que se atienda a aspectos no predeterminados en dicha guía, puesto que la iniciativa del docente o del directivo permite sobrepasar el marco predeterminado y aportar otros aspectos no previstos.

El análisis documental debe estar referido tanto a los grandes documentos institucionales (Proyecto Educativo del Centro, Programación General Anual, Reglamento de Régimen Interior, Memoria Anual, Plan de Convivencia…) como a los documentos más concretos que se emplean para una actuación determinada (circular informativa para padres, programación de actividades para atender a un alumno superdotado, previsión de actividades para realizar en una salida extraescolar, registro de intervenciones en el aula, material preparado para alumnos con necesidades de apoyo …).

En el caso de la supervisión de la práctica docente se deben analizar los documentos de planificación del proceso didáctico, así como los de constatación de los resultados. En este sentido, destacamos la importancia de las actas académicas, las pruebas de evaluación inicial y de evaluación continua, y cuantos tenga el profesor y den fe sobre el rendimiento académico de los alumnos, como los registros de observación que emplea para anotar sus progresos.

De otra parte, se deben supervisar documentos como programaciones de aula, concreciones para una unidad didáctica, adaptaciones curriculares, propuestas específicas de actividades para atender a la diversidad del alumnado, informes elaborados por el profesor sobre los alumnos, las actividades, la utilización de los recursos, registro de relaciones con los padres, etc.

En el caso de la supervisión de la función directiva deben ser objeto de análisis un gran número de documentos. Además de los institucionales, señalamos como significativos, entre otros, los siguientes: el Proyecto de Dirección que presentó el candidato, la documentación oficial visada por el director, los partes de faltas del profesorado y del personal de administración y servicios, los escritos y la remisión de documentación dirigidos a la Administración educativa y a organismos oficiales, a  entidades privadas, al profesorado y a los padres, la adopción de medidas disciplinarias, etc., considerando también su frecuencia.

Para los dos tipos de supervisión que nos ocupan deben consultarse las actas de los órganos en los que participa el supervisado para apreciar su grado de implicación y el talante con el que actúa.

En la realidad actual, es pertinente que el supervisor pueda llevar a cabo el análisis documental a través medios informáticos, e incluso recoger los documentos por vía telemática, si así lo permite la actuación del supervisado que los ha elaborado o ha participado en su redacción.

44.5.2.5.- La triangulación de datos

En las investigaciones sociales, cuando se utilizan datos cualitativos se emplea la técnica de triangulación de datos, que consiste en analizar la objetividad de las informaciones recogidas, procedentes de varias fuentes, tomadas con distintas metodologías, por diversos investigadores y en distintos tiempos y circunstancias.

Podemos distinguir diversos tipos de triangulación:

  • De fuentes (profesores, alumnos…).

  • De metodologías (técnicas e instrumentos, como observación, análisis de documentos, con guías, con cuestionarios…),

  • De personas (el inspector supervisor, el director…).

  • De tiempos (al comienzo del curso, al final…).

Para triangular se exponen todos los datos recogidos, se confrontan y se analiza su persistencia, lo que proporciona el grado de objetividad y validez de las informaciones, hecho que se verifica, fundamentalmente, a través de esta técnica, sin perjuicio de que aporte sugerencias sobre la idoneidad de cada uno de los elementos contemplados en la recogida.

44.5.2.6.- El Informe Final

Al finalizar la supervisión es necesario emitir el informe final, como resultado último del proceso llevado a cabo.

De manera sucinta señalamos que dicho informe:

  • Se destinará a la autoridad administrativa y, en su caso, se comunicará al  interesado si así se prevé en el planteamiento de la actuación supervisora.

  • Estará contextualizado en el marco de la función inspectora.

  • Contendrá valoración de los resultados, así como propuestas que, si procede, pueden estar orientadas hacia la mejora.

44.5.3.- Instrumentos de supervisión

Señalamos que la tarea de supervisión que hace un inspector de educación gira inevitablemente sobre unos materiales que, sin ser instrumentos propiamente dichos, constituyen unos elementos básicos que deben ser objeto de su atención. Los dos principales son las actas y los documentos, abarcando toda la variedad que cada uno presente.

Los instrumentos son los medios de los que se sirve el supervisor para recoger datos y ordenar la información a la que tiene acceso. En este sentido se conciben como los materiales para realizar la tarea.

Teniendo en cuenta la diversidad de instrumentos que se pueden utilizar en la supervisión, presentamos de manera resumida los significativos, precisando que dichos instrumentos pueden estar destinados a diversas personas y pueden recoger los datos de distinta forma:

  • Destino:  

    • Encaminados a la persona que se va a supervisar. 

    • Dirigidos a otras personas que proporcionan información. 

  • Forma de recogida:  

    • Recogidos presencialmente (observación, reuniones…). 

    • Recogidos a distancia (cuestionarios, análisis de documentos…).

44.5.3.1.- Protocolos de actuación

En la mayor parte de los Servicios de Inspección de las Comunidades Autónomas se utilizan los protocolos de actuación, que suponen la unificación y homogeneización de los objetivos, criterios e información que se pretende recoger, contribuyendo con ello a una mayor eficacia, eficiencia y coordinación de las funciones y tareas del inspector.

Normalmente tienen una estructura parecida y están establecidos por partes claramente diferenciadas.

A modo de ejemplo indicamos las partes en las que se configuran los protocolos que se utilizan en los Servicios de Inspección de la Comunidad de Madrid, reflejadas en el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa:

  • Objetivo: definición de la finalidad global de la actuación.

  • Actuaciones: concreción de las diversas actuaciones del inspector de educación a lo largo del proceso.

  • Documentos: documentación que se van a utilizar, con apartados concretos:

    • Normativa legal aplicable. Cronograma con orden y plazos para la actuación. 

    • Guía de supervisión. (El número de guías es variado según el asunto, pudiendo tratarse de guías de análisis o de guías para seguir en el proceso de recogida de información. Las valoraciones suelen hacerse de modo cualitativo y cuantitativo). 

    • Informe o comunicación al centro, dependiendo de la naturaleza de la actuación, indicándose las principales conclusiones y propuestas. 

  • Cuestionario de valoración: apreciación por el inspector de la idoneidad del protocolo.

Dada su constitución y naturaleza, los protocolos son unos instrumentos potentes para el desarrollo de la función inspectora, conteniendo dentro de ellos otros instrumentos que se van a presentar a continuación.

44.5.3.2.- Registros de observación

Es un instrumento para la recogida de datos relevantes previamente establecidos, todo ello sin perjuicio de lo que hemos denominado observación participante o etnográfica.

En los registros se expresan indicadores apreciables, que se recogen en escalas de valoración y listas de control.

Los datos que se registran pueden manifestarse a través de una respuesta dicotómica – SÍ-NO- (por ejemplo: “El profesor tiene escritos los criterios de evaluación de Matemáticas”) o dentro de una escala de grados en la que se expresan valores mínimos y máximos – 1-2-3-4-(por ejemplo: “El profesor ha establecido medidas para atender a los alumnos que necesitan refuerzo en sus aprendizajes”). En todo caso, se entiende pertinente que en todos los registros figure el apartado de observaciones, ya sea sobre un indicador o sobre un ámbito.

Para redactar los indicadores, de modo que éstos sean fiables y rigurosos, exponemos unas prescripciones básicas:

  • La redacción debe hacerse siempre en forma positiva. Si se hace de forma negativa el mayor grado de la escala es el peor (por ejemplo: “El profesor no fomenta la cooperación entre los alumnos” -1-2-3-4).
     

  • Debe estar referido a un único elemento. Si contempla dos o más cabe la posibilidad que la respuesta no sea válida para todos ellos (por ejemplo: “El profesor utiliza medidas de refuerzo educativo y de ampliación de los aprendizajes”. Puede suceder que el profesor sí utilice medidas de refuerzo, pero no de ampliación.

Semejantes a los registros son:

Las escalas de valoración, en las que los elementos se valoran cuantitativa o cualitativamente según unos grados predeterminados y que otorgan valor relativo dentro de la escala.

Las listas de control, que frecuentemente registran la existencia del elemento buscado (respuesta dicotómica), aunque a veces pretenden una valoración más ajustada dentro de una gama de respuestas de carácter cualitativo.

44.5.3.3.- Cuestionarios

Los cuestionarios son un instrumento que se utiliza con mucha frecuencia para alcanzar a un número considerable de informadores o fuentes. Se emplean con la persona que es objeto de supervisión y con otros profesionales del centro o miembros de la comunidad educativa.

Insistimos en que los ítems de los cuestionarios deben responder a unos indicadores precisos.

Los cuestionarios son documentos formados por un conjunto de preguntas (cuestiones) que deben estar organizadas de forma coherente con el tipo de información que se desea obtener.

Las consideraciones que se hacen a continuación para la redacción de los cuestionarios están en función de ser dirigidos al ámbito de la enseñanza que, obviamente, es distinto de un cuestionario dirigido al consumo o al ámbito comercial.

Para la redacción de los cuestionarios en educación deben tenerse en cuenta, entre otras, las siguientes consideraciones

  • Antes de iniciar las preguntas se deben incluir unas instrucciones breves y sencillas, así como una explicación sobre la importancia de su participación, manifestando agradecimiento por su colaboración.

  • Todas y cada una de las preguntas deben tener utilidad para el objetivo que se pretende, es decir, obtener información que se puede contrastar por proceder de varias fuentes.

  • El cuestionario no debe ser demasiado amplio para no provocar cansancio y posibilitar que a las últimas preguntas se responda con rigor.

  • Las cuestiones deben plantearse con claridad y de forma inequívoca, de tal modo que todos entiendan lo mismo.

  • Las preguntas deben ser breves, sin explicaciones adicionales que pudieran condicionar las respuestas.

  • Es pertinente enumerar las preguntas.

  • Las preguntas deben redactarse siempre en positivo.
     

  • Cada pregunta sólo puede referirse a un elemento. Si se incluyen dos o más, la respuesta puede no ser válida para la totalidad.

  • Es pertinente que no se incluyan preguntas que exijan una priorización de datos, sobre todo si dichos datos son más de tres.

  • Es aconsejable no incluir preguntas que dirigen hacia otras preguntas (por ejemplo, “Si ha contestado NO a la pregunta 7, pase a la pregunta 12”), ya que el encuestado puede verse condicionado por su tipo de respuestas.

  • Las cuestiones deben procurar no poner en situación delicada o embarazosa al encuestado, puesto que esto provocaría rechazo o falsedad en la respuesta.

  • Se podrán utilizar preguntas cerradas, abiertas y semiabiertas, procurando el predominio de las preguntas cerradas cuando el cuestionario va dirigido a otras personas distintas de la supervisada.

  • En el caso de cuestionarios dirigidos a quien es objeto de supervisión se pueden incluir un buen número de preguntas abiertas y semiabiertas.

Entre los tipos de preguntas de los cuestionarios señalamos:

  • Cerradas: Son preguntas que sólo permiten contestar mediante una serie cerrada de alternativas. Dichas alternativas pueden ser dicotómicas (SÍ/NO) o de varios grados o niveles de cualidad. Con estas preguntas se puede perder riqueza en la información, pero son fácilmente cuantificables. 

  • Abiertas: Permiten cualquier tipo de respuesta, lo que aporta una mayor riqueza de detalles, aunque son más difíciles de tabular. 

  • Semiabiertas: Tienen características intermedias entre las dos anteriores.   Proporcionan una información rica, pero presentan más dificultades para su tabulación. Lo más frecuente es que ofrezcan datos concretos (cerrados) para ser seleccionados y que añadan un apartado con la opción de “otros u “observaciones”. Entre las preguntas de este tipo se encuentran la ordenación de preferencias u opiniones sobre un asunto.


44.5.3.4.- Portfolio o notas de campo

El portfolio consiste en un registro personal sobre lo realizado y la reflexión sobre su tarea, procurando que la recogida sea organizada y desarrollada de manera sistemática y que resalte los logros más significativos y evidentes. Asimismo, en él se pueden referenciar otros documentos tales como escritos, fotografías, vídeos, etc. que demuestran las experiencias profesionales y contribuyen a su enriquecimiento.

Por su naturaleza es un instrumento muy abierto, en el que cada profesional realiza sus anotaciones.

El uso del portfolio pone de manifiesto la preocupación de los profesionales por el rigor, la sistematización y la calidad de su tarea, al tiempo que invita a la reflexión sobre cada una de las prácticas.

Este instrumento se utiliza frecuentemente para la autoevaluación, aunque para el inspector de educación que actúa como supervisor puede ser un documento muy revelador.

En la actualidad tiende a usarse cada vez más el portfolio electrónico, elaborado a partir de herramientas tecnológicas, por la facilidad que comporta a la hora de rescatar una experiencia, para su clasificación e incluso para la transmisión a otras personas.

44.5.3.5.- Trabajos escolares

Los trabajos de los alumnos constituyen un elemento de primera mano para apreciar el contenido del aprendizaje que se les ofrece y lo que incorporan. Dentro de estos trabajos, el inspector de educación puede supervisar los cuadernos escolares de las diversas áreas o materias, las producciones de los alumnos en forma de redacciones, murales, materiales u objetos realizados, así como las tareas encomendadas para hacer en casa. En las ciencias experimentales es necesario supervisar los resultados de actividades llevadas a cabo en los correspondientes laboratorios.

Entre los aspectos que se pueden apreciar en los trabajos escolares mencionamos: la limpieza y el orden, el contenido recogido, la precisión y estructuración de los datos y el rigor con que se ha realizado.

Es significativo comprobar la corrección que ha realizado el profesor en los trabajos, estableciéndose diálogo, tanto con los alumnos afectados, como con el profesor, que permita apreciar la calidad y frecuencia de las correcciones, así como la forma de realizarlas.

El estudio de los trabajos escolares se completa con el de las actas de evaluación (ya sea inicial, continua o final) y con los registros de que disponga el docente.

44.5.3.6.- Guía de análisis de documentos

Una guía de análisis no es nada más que un instrumento que recoge los aspectos más relevantes que deben apreciarse en cada uno de los documentos que se van a valorar.

Las guías tienen el valor de encaminar o dirigir las acciones hacia unos determinados objetivos. Cuando la guía ha sido elaborada por un órgano superior debe seguirse obligatoriamente, pero cuando la crea el mismo inspector supervisor (por ejemplo para analizar el contenido de una prueba escrita que se aplica a los alumnos al finalizar el trimestre) puede ser empleada con mayor libertad, si se aprecia, hipotéticamente, que se pueden obviar ciertos asuntos porque no se han reflejado en el documento que es objeto de análisis.

Una buena guía debe tener organizados los referentes de análisis por campos próximos, de modo que favorezcan la intervención de quien la utiliza.

Los descriptores de las guías deben ofrecerse de manera abierta para posibilitar que el supervisor incorpore en la recogida de datos asuntos que no estaban previstos y que puedan ser de utilidad, todo ello sin perjuicio de que se utilice una escala de grados para concretar el nivel alcanzado. Se aconseja que siempre aparezca un apartado de “observaciones”, donde se exprese algo que no se ha podido tipificar.

Es conveniente que los descriptores estén debidamente numerados, en consonancia con los indicadores y ámbitos que deben apreciarse y con el resto de los instrumentos que se van a utilizar, facilitando con ello el vaciado de datos dentro de un esquema organizado.

44.5.3.7.- Guía de observación

Cuando planteábamos la técnica de la observación en el punto 44.5.2.1 sugeríamos los puntos clave de la misma. Para favorecer que dicha observación se haga de forma sistemática, precisa, ordenada y fiable, entendemos la utilidad de usar una guía que permita orientar y dirigir las acciones.

Como se ha dicho, la guía debe atender a los aspectos relevantes y organizar su recogida, de modo que todos sean contemplados y se pueda verter la información con facilidad.

Con la utilización de una guía bien elaborada se pueden paliar algunos de los problemas que señalábamos de la observación.

44.5.3.8.- Guía de entrevistas y reuniones

Recordamos que las guías sirven para dirigir las acciones hacia los asuntos que interesa recoger. En el caso de las guías de entrevistas y de reuniones es muy importante que se tenga en cuenta una cualidad esencial del supervisor, cual es la de saber escuchar, ya que no debe coartarse la libre expresión del entrevistado o de los que intervienen.

Quizá una de las ayudas principales que ofrece una guía es la de permitir que se reoriente la cuestión si los intervinientes se salen de ella y tratan asuntos colaterales, así como la de centrar el tema que ocupa, no obstante, sostenemos que estas guías deben ser semiabiertas, permitiendo la participación espontánea.

44.6.- COLABORACIÓN EN SU MEJORA CONTINUA

A lo largo del tema se viene poniendo de manifiesto que la supervisión educativa es una actuación vinculada al control y a la verificación de que las actuaciones se ajustan a la legalidad y son pertinentes para el desarrollo de la tarea encomendada, al tiempo que aporta las reflexiones y sugerencias que ayuden a la mejora y la innovación.

Recuérdese que el mencionado Art. 151 de la LOE señalaba, junto a la función de supervisar, las funciones de asesorar, orientar e informar, todo ello al amparo de las atribuciones que el Art. 153 de la LOE menciona para el inspector de educación, de las que señalamos la de tener libre acceso a los centros para conocer directamente todas las actividades y la de examinar y comprobar la documentación académica y administrativa, para lo que deberán recibir la colaboración necesarias de los funcionarios y responsables de los centros y servicios educativos, por su consideración de autoridad pública.

Estas referencias legales colocan al inspector en una situación privilegiada para impulsar la mejora continua en todos los aspectos organizativos y de funcionamiento de los centros, centrando su atención sobre dos pilares esenciales de la calidad de la educación: el docente y la función directiva.

La Inspección Educativa está estrechamente relacionada con la implantación y el desarrollo de los planes de mejora de los centros, respetando la autonomía que les otorgan las normas legales, y vinculándose a los mismos por sus funciones de supervisión, control, evaluación y asesoramiento.

La colaboración y ayuda para la mejora puede versar sobre cualesquiera de los ámbitos de supervisión que se han indicado en los puntos 44.3.3 y 44.4.3 del tema, sin perjuicio de que también se oriente hacia la autoevaluación, tanto del profesorado y de la función directiva, como del propio centro docente, de modo que los profesores y los directivos estén en condiciones de llevarla a cabo con rigor y precisión, para lo que tiene pleno sentido el asesoramiento sobre estrategias, técnicas e instrumentos que pueden utilizarse, así como proporcionar los modelos correspondientes o la bibliografía apropiada.

Sostenemos que cuando los profesionales realizan una buena autoevaluación de su trabajo es que son reflexivos y están sensibilizados para iniciar un proceso de mejora.

La colaboración y el apoyo del inspector de educación ha de realizarse desde la apertura necesaria que permita dar cabida a las iniciativas de la persona que es objeto de supervisión, todo ello con talante constructivo y resaltando las actuaciones que se consideran bien realizadas, pero dejando evidente que “nadie es perfecto” y que “siempre es posible mejorar en algo”.

Supervisión vinculada a ayuda, asesoramiento y orientación

Art. 151 funciones supervisar, asesorar, orientar e informar

Inspector libre acceso a centros conocer actividades y comprobar documentación

Inspector autoridad pública recibir colaboración funcionarios y responsables centros

Inspector impulso mejora continua aspectos organizativos y funcionamiento

Colaboración y ayuda cualquier ámbito supervisión, p.e. autoevaluación

Proporcionar modelos o bibliografía, así como estrategias, técnicas e instrumentos

Apertura Inspector para dar cabida iniciativa persona asesorada, talante constructivo

Inspector refuerza positivo


44.7.- CONCLUSIONES

La supervisión de la práctica docente y de la función directiva es una de las actuaciones más significativas que lleva a cabo el inspector de educación, por cuanto se introduce en el control y la verificación de la realidad, apreciando el desarrollo de las tareas que desempeñan.

Dentro de la actuación de control y evaluación que se realiza, se puede incluir la colaboración y el asesoramiento que impulse la autoevaluación reflexiva encaminada a la mejora.

La actuación supervisora conlleva la utilización de numerosas técnicas e instrumentos que deben ser utilizados con precisión por el inspector de educación, siendo pertinente el uso de protocolos y guías que favorezcan el desarrollo de esta compleja función.

Para precisar la objetividad de las informaciones recogidas se establece la oportuna triangulación de datos.

La actuación supervisora se concluye con el correspondiente informe. Por su calidad profesional, el inspector de educación es el garante de que la supervisión se realice de manera objetiva y transparente, al tiempo que resulte de utilidad a la autoridad administrativa y al supervisado, utilizando con precisión y rigor las técnicas e instrumentos de que dispone y considerando el contexto en que se produce.

Supervisión práctica docente y función directiva tarea habitual y útil

  • Función selección 

  • Evaluación voluntaria para participar en procesos (requiere autoevaluación)

  • Evaluación prácticas funcionarios

  • Evaluación final mandato dirección

  • Evaluación de oficio

Funciones

  • Asegurar competencias función docente o directiva

  • Orientación y colaboración mejora continua

Inspector por profesión y conocimientos garante objetividad y transparencia

Supervisión asociada a procesos evaluación y efectos certificación y / o asesoramiento

Indicadores evaluación deben actualizarse y adecuar instrumentos adaptándose a tiempos



44.8.- BIBLIOGRAFÍA

CASANOVA, Mª A. (2005). “Supervisión, evaluación y calidad educativa” en Avances en Supervisión Educativa. Revista de la Asociación de Inspectores de Educación de España, núm. 1 (julio de 2005). Revista electrónica: http://www.adide.org/revista/index.php

GÓMEZ DACAL, G. (1989). “Modelos de supervisión y evaluación del proceso de cambio institucional”; en La calidad de los centros educativos. Sociedad Española de Pedagogía. IX Congreso Nacional de Pedagogía: Alicante. Vol. II.

MIRANDA MARTÍN, E. (2002) “La supervisión escolar y el cambio educativo. Un modelo de supervisión para la transformación, desarrollo y mejora de los centros”, en Revista de Currículum y formación del profesorado, nº 6.

SECADURA NAVARRO, T. (2013). “El referente de la Inspección educativa: ¿el Centro docente?, ¿el Sistema educativo?” Revista Supervisión 21, nº 30, octubre de 2013. USIE.

SOLER FIÉRREZ, E. (Coord.,) (1993). Fundamentos de supervisión educativa. Madrid: La Muralla.

TEIXIDÓ PLANAS, M. (1997) Supervisión del sistema educativo. Barcelona: Ariel.



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